En el ámbito de las ayudas agroambientales del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2012-2020 (PDR), se ha incluido desde 2017 (Orden DRS/11/2017, de 16 de enero) la medida 4.02 Ayuda compensatoria para zonas agrícolas incluidas en planes de gestión de cuencas fluviales, con la que se pretende compensar a los agricultores que poseen superficies de tierra arable en zona inundable del rio Ebro, a los que les afecten los programas de medidas previstos para afrontar inundaciones y que van a sufrir de forma periódica las avenidas del río, incluyendo superficies, en esta misma zona, con algún grado de protección en red Natura 2000.
El ámbito de aplicación de estas ayudas son las parcelas agrícolas de regadío localizadas entre las motas más exteriores de defensa frente a las inundaciones y el río, dentro del segundo ciclo del Plan Hidrológico del Ebro de 2015-2021, o también las incluidas en:
- LIC ES2430081 Sotos y mejanas del Ebro
- LIC ES2430152 Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro
- ZEPA. ES0000137 Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro
Los beneficiarios deben dedicar estas parcelas a cultivos herbáceos plurianuales compatibles con inundaciones periódicas -códigos de producto 60 (alfalfa), 63 (pastos de menos de 5 años), 68 (festuca), 69 (raygrass), 77 (trébol) y 247 (cultivos mixtos especies pratenses)- y suscribir el compromiso de no reclamar daños al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente por inundaciones en el cultivo acogido a esta medida, además de otras obligaciones agroambientales.
La prima unitaria establecida es de 284,25 euros/hectárea. Las ayudas tienen carácter anual y son incompatibles con otras medidas del PDR.
Hasta el año 2022 se va a mantener esta ayuda agroambiental en las mismas condiciones.
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